Como resultado del evento internacional realizado en la ciudad de Medellín durante los días 14, 15 y 16 de abril de 2016 denominado: Encuentro internacional “Violencia contra los animales” se obtuvieron como resultado de las conferencias, paneles, foros e intervenciones las siguientes conclusiones.
- Es necesario la generación de mecanismos incluyentes para que los animales sean visibles en los procesos sociales, entendida siempre esa inclusión a través del uso no violento del lenguaje, para que la comunicación contribuya a generar estrategias que generen y fortalezcan la empatía de los animales humanos con los no humanos, teniendo en cuenta la sintiencia en cabeza de estos últimos.
- El tema del maltrato animal debe ser incluido en los campos educativos y pedagógicos con una didáctica orientada al pensamiento crítico reflexivo en pro del bienestar animal con estrategias métodos y técnicas integradoras que aporten al desarrollo integral del estudiante.
- La consideración del maltrato infantil y animal tienen elementos comunes: maltrato sicológico, físico y sexual, negligencia y abandono.
Además el maltrato animal puede ser usado para coaccionar, controlar, castigar e intimidar a miembros de la familia, lo que en ocasiones permanece oculto y se convierte en un distractor de las familias, siendo ésta una de las violencias interrelacionadas sobre las que el Estado tiene que intervenir para tratarlas integralmente, es importante que los académicos, científicos, expertos sobre el trabajo de la familia, los niños ,las mujeres indaguen sobre este tipo de relaciones para que se aporte al Estado para su prevención y tratamiento. - Entre las violencias contra los animales una que genera impactos profundamente dañinos contra los niños es la tauromaquia. Colombia como país que permite los espectáculos taurinos y que suscribió la Convención de los Derechos del niño , recibió de la Organización de Naciones Unidas recomendaciones para revisar la participación de niños en espectáculos taurinos como prevención para su bienestar físico y mental , recomendaciones de obligatorio análisis y aplicación por los Estados que como Colombia suscribieron la Convención, las que tienen el propósito de generar estrategias educativas que alejen los niños de esa práctica violenta dañina.
La ONU ha considerado la tauromaquia una actividad violenta a la que se expone al niño vulnerando sus derechos a la integridad física y mental, - El maltrato animal es un asunto público que debe articular para su erradicación las propuestas y acciones de varios actores: el Estado, la sociedad civil y dentro de ella la academia y los profesionales de la medicina veterinaria.
- Con respecto al eje de los derechos de los animales desarrollados en el evento, aparentemente contrastan la posición filosófica y la jurídica. Respetar los animales no humanos no dañarlos, no infringirles violencias no depende de la voluntad individual del humano , el derecho entendido como conjunto de normas jurídicas reconoce a los animales una protección especial que puede ser exigida para ellos a través de un representante, llámese cuidador o el mismo Estado que puede hacerlo a través de sus agentes.
En el marco de la filosofía se les reconoce derechos a los animales y estos sólo se pueden poner en la balanza para contrastarlos, con los de los mismos animales no humanos, no con los de los animales humanos, pues los de estos últimos se fundan en la razón ilustrada.
Desde la posición jurídica no se habla de derechos en el sentido estricto de la definición jurídica (derecho y correlativo deber), pero la protección que les otorga el derecho entendido como conjunto de normas jurídicas se enmarca en el respeto que los humanos les tiene que reconocer. - Hay que llegar a confluencias de temas de interés para crear e impulsar políticas públicas de bienestar animal que nunca se lograrían con fundamentalismos. Una sociedad civil organizada y activa potencia y acelera el logro de estos objetivos.
Desde aspectos prácticos: el Estado, la academia y las ONG´s animalistas deben generar herramientas predictivas para poder establecer si las normas jurídicas son legítimas, para aportar soluciones a problemas sociales donde el maltrato animal está inserto, aunque esas normas no satisfagan los intereses de las organizaciones. Además esas herramientas deben facilitar un abordaje técnico de las violencias y no en enfoques emocionales.
Mesas de trabajo
Mesa de trabajo sobre Derechos de los animales y violencias contra los animales. Abordaje desde la salud, la veterinaria y la psicología
Con la participación de los asistentes del Encuentro internacional “Violencia contra los animales” realizado en la Universidad de Antioquia sede Medellín se abordó el concepto de violencia y se plantearon diversas sugerencias a las estrategias de ejecución del observatorio de violencias animales que se presentaba en el evento.
Aunque son muchas las definiciones de violencias y no existe una universal los participantes del evento fueron llamados a discutir acerca de las definiciones de este fenómeno y aportar sus ideas en el marco del evento.
Inicialmente se partió del concepto establecido por la Organización Mundial de la Salud “…El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones…”
El profesor Javier González, del Instituto de Bioética de la Universidad Javeriana invita a considerar la imposibilidad de la construcción de una definición del concepto de violencia sin embargo indica la importancia de diferenciar en la definición de violencia los conceptos de crueldad, maltrato y agresión.
Los profesores Juan Felipe Zapata y Viviana Ospina integrantes del Programa de Protección jurídica a los animales de la Universidad de Antioquia, coinciden en la imposibilidad de la construcción de una definición universal debido a que la violencia es un fenómeno difuso y complejo y que no puede tener exactitud científica, ya que es una cuestión de apreciación pero también se invitó a pensar en dicha definición en que es urgente hacerlo en este mundo en vertiginosa evolución, proteger la vida y la dignidad humanas exige esforzarse por lograr un consenso y establecer normas universales de comportamiento basadas en el desarrollo de derechos humanos y de los organismos, un respeto por la vida.
De esta manera se coincidió que la violencia es un fenómeno que debe analizarse y prevenirse de manera multidisciplinar.
Siguiendo entonces las recomendaciones la psicóloga y médica veterinaria del CES María Paulina Tobón aclaro que el maltrato es un síntoma social contemporáneo y lo definió como aquello que está mal dicho y genera un mal momento, la Psicóloga Lina Heredia agrego a la construcción que la violencia es inherente al sujeto pero compromete su salud mental y el componente psíquico de los individuos y es por esto que en el abordaje de la violencia es importante conocer los factores de riesgo a los que se expone el individuo para buscar alternativas de prevención.
Posteriormente Waldo Zapata tecnólogo en gestión ambiental y representante de amigos por siempre comento que la violencia es un ataque a la integridad de las relaciones de los seres vivos.
Como sugerencias de estrategias para prevenir las violencias planteadas por el observatorio los asistentes coincidieron en la opinión de la psicóloga María Isabel Aristizabal de la organización Amar es Mas, quien hizo hincapié en la importancia de visibilizar las violencias, buscando mecanismo respetuosos que permitan informar de los eventos de manera cuidadosa, la información recolectada debe tener un impacto sobre los hospitales, colegios e instituciones públicas que permitan hacer un control y prevención.
La publicista Natalia Velásquez del colectivo identidad animal aporto que además de visibilizar las violencias es decir darle alcance a la información y datos sobre la comunidad primero es necesario definir y aclarar todo lo que se conoce acerca de los datos y como serán orientados, es decir visualizarlo para poder hacer la comunicación de los mismos de manera correcta, sabiendo que se cuenta, como se cuenta y a quien se cuenta.
La Médica Veterinaria Karen Alban del equipo Bogotá por los animales también recalcaron la importancia de la capacitación del gremio veterinario y plantearon estrategias de apoyo por parte del consejo profesional de medicina veterinaria y de zootecnia de Colombia (comvezcol) aprovechando la presencia de representantes de dicho consejo.
La psicóloga Lina Heredia planteó la importancia de abordar el tema de las violencias desde una mirada técnica y no emocional y para ello es necesario el análisis de estudios y definir un sistema de atención y prevención de las violencias que favorezca tanto a víctimas como victimarios.
Se destaca entonces que las sugerencias de los asistentes para las estrategias que debe tomar el observatorio se encaminen al análisis de datos, que se visualicen y comuniquen de manera adecuada con fines de educar para poder realizar prevención de las violencias, además se sugiere que pueda ser el punto de inicio para que se establezcan redes de trabajo con rutas de atención claras con el apoyo de gestores y multiplicadores.
Mesa de trabajo Conflictos que se suscitan en los municipios en zona rural y urbana sobre el bienestar animal y recomendaciones para su solución.
Coordinan: Alejandro Gaviria Henao abogado y Julio Aguirre veterinario. Coordina: Juan Felipe Zapata microbiólogo.
En el marco del primer Encuentro internacional “Violencia contra los animales” realizado en la Universidad de Antioquia sede Medellín se realizó una mesa de trabajo para abordar las problemáticas relacionadas con el bienestar animal en los municipios y zona rural del país.
En esta mesa estuvieron presentes discriminados por región las siguientes personas:
Cundinamarca-Bogotá: 3
Caribe: 3
Antioquia: 17
Eje cafetero: 5
Región petrolera (Villavicencio, Caquetá, Barrancabermeja): 4
La mesa de trabajo contó con la participación de 32 personas, de diferentes regiones del país
Los asistentes, ciudadanos activistas, representantes de las instituciones públicas y organizaciones no gubernamentales inicialmente identificaron las problemáticas más importantes en relación con el bienestar animal en sus regiones en áreas rurales y urbanas encontrándose que:
Problemáticas Cundinamarca y Bogotá
- Abandono
- Tenencia irresponsable
- Campañas de esterilización sesgada e ineficiente.
- Comercialización de mascotas
- Ausencia de regulación a los servicios veterinarios
- Refugios y hogares de paso convertidos en negocios o con problemas de acumulación
Problemáticas Caribe
- Tenencia irresponsable
- Fauna silvestre como mascotas
- Arraigo cultural como problema en cuanto a medidas de esterilización de machos
- Ausencia de voluntad política
- Sobrepoblación de fauna domestica
- Desconocimiento de las leyes por parte de las autoridades
- Falta de compromiso de las instituciones académicas y nula investigación en problemáticas relacionadas con los animales y su bienestar.
Problemáticas eje cafetero
- Transporte de animales de consumo en malas condiciones y en horarios no permitidos.
- Ausencia de centros de atención
- Ausencia de voluntad política
- No hay cultura de cuidado y bienestar animal
- Productores y campesinos tenencia inadecuada de animales.
- En áreas urbanas el maltrato de los animales domésticos se asocia con situaciones de aislamiento, encadenamiento.
- Desconocimiento de las leyes por parte de las autoridades
- Poco interés por la protección de fauna silvestre.
Problemáticas Región petrolera (Villavicencio, Caquetá, Barrancabermeja)
En cuanto al sector urbano
- Desconocimiento de las leyes por parte de las autoridades
- Miedo a denunciar por parte del ciudadano
- No existen los cossos municipales
- No existen protocolos de atención (maltrato, accidente, ataque)
- La autoridad ambiental no tiene un lugar adecuado para el manejo de fauna doméstica y silvestre.
- No hay voluntad política (excepto Villavicencio)
- Tenencia irresponsable
- Abandono
En cuanto a las áreas rurales:
- Difícil acceso o inexistentes canales de comunicación
- Ausencia de personal capacitado para la atención de animales en áreas rurales.
- Dificultades de orden público para acceder al área rural.
- Arraigo cultural que dificulta la educación
Problemáticas Antioquia
- Peleas de animales (gallo y perros)
- Tenencia responsable
- Abandono
- Acumuladores de animales
- Criaderos clandestinos
- Desarrollo urbanístico desplaza fauna
- Atropellamiento de fauna silvestre y domestica
- Cabalgatas
- Negligencia por parte de las autoridades
- Denuncias por redes virtuales
- ausencia de regulación a centros veterinarios, presencia de personas sin título profesional ejerciendo como veterinarios.
- Recolección de heces
- Mataderos clandestinos
Conclusiones
Una vez identificadas las problemáticas se le recordó a los participantes que la ley 1774 opera en la totalidad del país y se les invito a hacer un activismo social y político, a conocer los presupuestos de su planes de ordenamiento, a interesarse por los recursos de los municipios y los departamentos y a ser veedores del buen uso de estos.
Los derechos y deberes estipulados en la ley 1774 comprometen al individuo en cuanto al cuidado, a la sociedad en cuanto a la vigilancia y al estado en cuanto a la sanción y la educación.
Como estrategias de solución sigue fuertemente el planteamiento de educar y trabajar en redes, conocer las limitaciones y trabajar para mejorarlas.
Mesa sobre los principales conflictos que se presentan en las Unidades residenciales
(cerradas o abiertas) y estrategias para su solución
Coordina: Stepanie Montoya González estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia y egresada del programa socio jurídico de protección jurídica a los animales, del semestre 2015-2
Conclusiones
En el desarrollo de la mesa se intentó hacer de manera conjunta entre los presentes, un diagnóstico de los conflictos más recurrentes a nivel de Propiedad Horizontal en los que se ven involucrados los animales no humanos, siendo en su mayoría éstos la aparente causa principal del problema. Detectándose sin embargo que en muchos casos el problema se reducía a la inadecuada e irresponsable tenencia por parte los cuidadores humanos de los animales, y no por la acción directa de éstos.
Entre otros se enunciaron los siguientes conflictos:
- Prohibición de tenencia de animales en inmuebles en arrendamiento.
- Peleas de perros organizadas y fortuitas en zonas comunes de la copropiedad.
- Inadecuado manejo de excretas de los animales y malos olores causados por las mismas.
- Desinformación en los mínimos de cuidado y bienestar bajo los cuales se deben tener los animales que residan en Propiedad Horizontal.
- Colonias Ferales Felinas en Unidades Residenciales.
- Quejas sobre ruidos molestos e intensos generados por los animales.
- Criterio médico que suele atribuir múltiples enfermedades humanas a la tenencia de animales de compañía en espacios reducidos como apartamentos.
- Maltrato físico y directo hacia animales por parte de vecinos, personal de limpieza y seguridad y copropietarios de la Propiedad Horizontal.
- Uso por parte de animales de compañía y sus tenedores de ascensores, zonas verdes y otras zonas comunes.
- El no acatamiento del deber legal de usar traílla en los animales cuando estos se encuentran transitando zonas comunes y/o vía pública; igualmente el deambular de éstos sin supervisión y compañía de su tenedor o de un adulto responsable.
- Acumulación y no límite en el número de animales que se pueden tener en un inmueble según sus dimensiones, características, ubicación, etc.
- Tenencia de fauna silvestre en Propiedad Horizontal.
Como elementos jurídicos para tratar los conflictos en los que se involucran los animales de compañía se enunciaron:
- La Constitución Política y los Derechos Constitucionales Fundamentales al Libre Desarrollo de la Personalidad y a la Intimidad Personal y Familiar.
- La Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal), que en artículo 74 establece que los Reglamentos del Propiedad Horizontal regularán la tenencia de animales en la copropiedad. Ello sin extralimitarse, sin incurrir en disposiciones arbitrarias que limiten inconstitucionalmente los derechos de los copropietarios a compartir su vivienda con animales de compañía. Ello según la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la materia.
- La Ley 746 de 2002 que regula la tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos y entrega otras disposiciones sobre cuidado y tenencia responsable de animales de compañía.
- El papel de la Asamblea de Copropietarios, la Administración y de los Consejos de Administración como representación de TODOS los copropietarios, incluidos por supuesto quienes comparten la propiedad o tenencia del inmueble con animales de compañía; y el deber de éstos dos órganos de no incurrir en exabruptos para con aquellos y sus derechos fundamentales, así como para con la calidad de seres sintientes que se arroga a todos los animales no humanos en Colombia.
- El decálogo de Derechos y Deberes correlativos para los tenedores de animales en Propiedad Horizontal, incluyendo: El deber de mantener al animal en condiciones aptas de bienestar, la prohibición de tenencia de fauna silvestre, el deber de no abandono ni maltrato directo o por negligencia, el derecho a movilizar el animal por la copropiedad y las zonas comunes con las condiciones mínimas de higiene, salubridad y seguridad (traílla y bozal para animales P.P.P según la Ley 746 de 2002), el deber de acatar las restricciones respecto de los derechos de los demás vecinos y copropietarios (aseo, ruido no razonable, etc.), el deber de recoger excretas, de tener animales potencialmente peligrosos según las restricciones legales según la ley 746 de 2002, de responder civilmente por los daños causados por el animal debidamente comprobados, entre muchos otros.
Se abordó el tema sancionatorio en Propiedad Horizontal en caso de incumplimiento probado de los deberes del copropietario tenedor de animales de compañía, indicándose la necesidad de respetar siempre para la persona el Derecho Constitucional y Fundamental al Debido Proceso, la presunción de inocencia, el deber de la carga probatoria para el ente acusador, la proporcionalidad, razonabilidad y legalidad de las conductas tipificadas como faltas al igual que las sanciones correspondientes a éstas y su graduación según la gravedad y reiteración de las conductas sancionadas.
En este punto hace hincapié la mesa en que las autoridades sancionatorias de la copropiedad no sólo deben sancionar al tenedor por situaciones que molesten e incomoden a los vecinos y copropietarios respecto del animal de compañía, sino también, y especialmente, ser vigías y garantes del bienestar de los animales, pudiendo sancionar y denunciar también al tenedor y/o cuidador que maltrate a su animal según las condiciones de la Ley 84 de 1989 y la Ley 1774 de 2016.
Finalmente se recuerda que la sanción que en Propiedad Horizontal se haga al tenedor y cuidador de animales puede ser controvertida a través de los recursos de Reposición y Apelación interpuestos en el tiempo pertinente para ello; así como también a través de vías como la Querella en Inspección de Policía, la Acción de Tutela y la Demanda Ordinaria por daños y perjuicios según la gravedad y las particularidades y especificidades de cada caso.
Mesa sobre los Problemas en la aplicación de las normas que sancionan las violencias.
Coordina: Luis Gabriel Chica Castaño, estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia y egresado del programa socio jurídico de protección jurídica a los animales, del semestre 2015-2
En esta mesa se contó con quince personas provenientes de otras regiones del país y de Antioquia, hubo asistentes de Cartagena, Armenia, Marinilla, Medellín, Popayán, entre ellos representantes de organizaciones animalistas y funcionarios del Estado interesados en el tema.
Los principales conflictos expresados por los asistentes fueron.
Envenenamientos: En los que se plantea que cuando se denuncias las autoridades no realizan ninguna acción para investigar autores y sancionar esas conductas.
Caso de caballos cocheros en municipios a los que no cobija la norma para que estos sean sustituidos por otros vehículos, los que son sometidos a extensas jornadas de trabajo y con cargas que exceden los pesos que pueden tirar sin desplomarse.
Casos de negligencia con el cuidado de los animales en las zonas rurales de Antioquia, y viejo Caldas, donde los animales permanecen amarrados al sol y al agua sin comida y muchas veces sin movimiento para desarrollar sus actividades de animal .
Caso específico de los caballos que tiran las carrozas para el disfrute de los turistas en Cartagena, siendo la empresa de turismo que los aglutina una mafia que no permite ni cumple con las normas mínimas de Bienestar animal.
La principal preocupación de estas personas fue la que no encuentran cómo hacer para que los operadores de la ley 1774 de 2016 la apliquen y sancionen los casos que se les denuncian.
Luego de exponer los requerimientos que la ley 1774 de 2016 señala para proceder en caso de maltrato se les informo también como la ley 84 de 1989 se articula en algunos capítulos con la ley 1774 y como ambas forman la normativa que enmarca las sanciones de las violencias contra los animales. Se examinaron los casos planteados y se hicieron recomendaciones para generar estrategias que faciliten la aplicación de esas leyes pero se hizo énfasis en la necesidad de que la sociedad civil se organice en torno a la ´prevención de esas violencias y además en la necesidad de la educación formal y no formal en todos los espacios de la sociedad.
Igualmente se recalcó la importancia de la educación sobre el respeto a los animales en el campo del turismo donde para hacerlo se deben generar estrategias que muestren el valor intrínseco de los animales y no el valor económico que producen al humano con el trabajo que en ocasiones les produce la muerte como en el caso de los caballos para las carrozas en Cartagena.
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